Somos una empresa mexicana encargada de ofrecer soluciones en la recolección, transporte y disposición final de residuos peligrosos, especializados en el sector clínico e industrial, apegados a las Normas Oficiales Mexicanas
De acuerdo con la NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002 sobre el manejo de RPBI, para que un residuo sea considerado RPBI debe de contener agentes biológico- infecciosos los cuales deberán almacenarse en contenedores con tapa y permanecer cerrados todo el tiempo.
La NORMA Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT-2005, establece las características, el procedimiento de identificación, clasificación y los listados de los residuos peligrosos, dentro de lo que se encuentra los CRIT, por lo que por lo que es necesario determinar los criterios, procedimientos y listados que los identifiquen.
De acuerdo al Artículo 32-F del código fiscal de la federación, la destrucción de materiales, inventarios y mercancías obsoletas o caducas que no pudieron salir al mercado para su comercialización, mediante este proceso y conforme a los fundamentos establecidos en el Sistema de Administración Tributaria (SAT) podrá obtener los beneficios fiscales de devoluciones de impuestos
La Ley General de Salud y Secretaria del medio ambiente ,establecen en la NOM-052-SEMARNAT-2005 que una vez que caducan los medicamentos caducos serán considerados residuos peligrosos, por su toxicidad ambiental, lo cual le compete al sector privado farmacéutico realizar la disposición final para su destrucción teniendo como supervisor a PROFEPA y COFEPRIS.
Los residuos peligrosos RPBI, deben de estar embalados correctamente de acuerdo NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002 que por su peligrosidad deben de estar identificados y envasados correctamente, Por lo que ofrecemos todo el Insumo indispensable para envasado e identificación correcta de acuerdo a cada categoría.